Obligaciones de Dar,Hacer y no Hacer

• Obligaciones de Dar: Tiene por objeto la entrega de un bien mueble o inmueble por parte del deudor en favor y en provecho del acreedor.
• Obligaciones de Hacer: Consisten en la realización de servicios, en la prestación de trabajo material, intelectual o mixto a que se compromete el deudor en beneficio del acreedor.
• Obligación de No Hacer: Son aquellas en las cuales el objeto de prestación es una abstención por parte del deudor

¡En que casos se lleva?

Cuando una de las partes debe entregar un bien y no lo hace.

REQUESITOS

1

Solicitud de
conciliación
(formato del Centro).

2


DNI del solicitante.

3


Contrato o documento base de la obligación.